23/02/2026
📢 ATENCIÓN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, SMA Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN
En cumplimiento de la NTS N.° 144-MINSA/2018/DIGESA, todos los generadores de residuos en:
🏥 Establecimientos de Salud (EESS)
🧪 Servicios Médicos de Apoyo (SMA)
🔬 Centros de Investigación (CI)
tienen la obligación legal de elaborar y presentar documentos técnico-administrativos ante la autoridad competente (DIGESA, DIRESA o GERESA), con el fin de garantizar una gestión sanitaria y ambiental adecuada ♻️🌱.
Estas obligaciones no son opcionales, forman parte del marco normativo vigente y son materia de supervisión y fiscalización.
A continuación, recordamos los documentos obligatorios:
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📌 1. Diagnóstico Basal o Inicial
Documento técnico indispensable para diseñar el Plan o Programa de manejo de residuos.
✔️ Incluye: cantidad, características, composición, clase, volumen, peso y condiciones operativas del manejo de residuos.
🗓️ Se elabora cada 5 años o cuando existan cambios en el establecimiento.
✍️ Debe aprobarse mediante documento resolutivo firmado por la máxima autoridad.
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📌 2. Plan o Programa de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos (No Municipales)
🔹 Plan de Minimización y Manejo:
Para establecimientos con Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) aprobado.
🗓️ Se actualiza cada 5 años.
🔹 Programa de Minimización y Manejo:
Para establecimientos sin IGA.
📤 Se presenta ante DIGESA/DIRESA/GERESA.
🗓️ Se actualiza cada 5 años y se presenta dentro de los primeros 15 días hábiles de enero.
📎 Ambos deben incluir Plan de Contingencias y protocolos de manejo.
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📌 3. Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos
📄 Documento con carácter de declaración jurada.
📊 Detalla cómo se gestionaron los residuos el año anterior.
💻 Se presenta obligatoriamente a través de la plataforma SIGERSOL.
🗓️ Durante los primeros 15 días hábiles de abril de cada año.
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📌 4. Manifiesto de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos (MRSP)
🔎 Permite la trazabilidad desde el origen hasta la disposición final.
💻 Se reporta en SIGERSOL.
🗓️ Dentro de los primeros 15 días hábiles de cada trimestre.
📁 El generador debe conservar los manifiestos físicos por 5 años.
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📌 5. Registro Diario de Generación de Residuos (Interno)
📝 Registro obligatorio (Anexo 15).
📊 Base para reportes trimestrales y anuales.
👁️ Debe estar disponible para la autoridad fiscalizadora.
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⚖️ Información Importante:
Estas presentaciones se amparan en el Derecho de Petición Administrativa (TUO de la Ley N.° 27444).
Las autoridades (DIRIS/DIRESA/GERESA) tienen acceso directo a SIGERSOL para verificar el cumplimiento.
🤝 Este comunicado tiene carácter informativo y preventivo.
Cumplir con estas obligaciones no solo evita sanciones, sino que protege la salud pública, el ambiente y la reputación institucional de cada establecimiento.
♻️ Una gestión responsable de residuos es parte fundamental de una atención segura y de calidad.
COSEDA RUC: 20559657817
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