13/05/2020
Me complace comunicarles que finalmente al día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza, el protocolo para Fletes y Mudanzas, con el cual se podrá retomar la actividad bajo los debidos cuidados.
Fletes y Mini Fletes Para Mudanzas
👉Uso obligatorio de tapabocas y de guantes para todos los trabajadores.
👉Higiene frecuente de manos: Cuando no sea factible el lavado de manos con agua y jabón, o la higiene de manos puede realizarse con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). La higiene con soluciones a base de alcohol debe durar de 20 a 30 segundos.
👉Lavar las manos luego de manipular llaves, dinero, desperdicios o basura, antes y después de comer y después de ir al baño.
👉Ventilar frecuentemente y durante 10 minutos el vehículo y dejarlo al sol cuando sea posible, favorecer la ventilación cruzada de aire, aunque la temperatura sea baja.
👉Mantener cierta distancia física con las demás personas. La distancia mínima a guardar en relación con otras personas en lugares como estaciones de servicio, lugares de carga o en destino y en las oficinas, es de 1,5 metros personas.
👉Desinfectar constantemente aquello que se manipula de modo usual: el volante, el picaporte y aquello que se encuentre dentro de los dos metros: vidrio y luneta, por ejemplo. En la limpieza incluir objetos de uso propio: billetera, lapicera, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores.
👉En servicio, cambiar la muda de ropa y no mezclar con la limpia. Si es posible, luego lavar la ropa de trabajo con jabón y agua caliente.
👉Se deberá usar máscara protectora facial durante toda la jornada de trabajo; pudiendo ser reemplazada por tapaboca y lentes protectores de ojos acorde a la actividad que se realice. Mismo requerimiento de uso de protección facial para profesionales, inspectores municipales o de cualquier trabajador de ente prestador de servicio, propietarios y cualquier persona que deba ingresar al domicilio mientras se realizan las tareas de mudanza.
👉El empleador y/o solicitante deberá proveer a los a los trabajadores de un certificado de circulación que se tramitará a través de la “App 148”, para ser presentado ante la autoridad policial de control (art.6 DNU 219/2020).
👉Las empresas y/o solicitantes que realicen una mudanza, deberán declarar las direcciones de origen y destino del servicio así como la duración estimada de las tareas.
👉El horario autorizado de trabajo será de Lunes a Viernes 09.00 a 17.00 hs, y Sábados de 09.00 a 14.00 hs. Se considerará una hora previa y posterior para el arribo y el regreso.
👉Evitar agrupamientos de más de 5 (cinco) personas por mudanza y, entre estas, mantener la distancia social de 2 (dos) metros.
👉Cuando la carga o descarga de algún elemento, por su peso o dimensiones, deba ser realizada por más de una persona, deberán extremarse los cuidados en el uso de los elementos de protección personal, mantener la mayor distancia posible y evitar el contacto físico.