27/02/2026
📢 Nueva disposición para administradores de consorcios – GCBA
La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor estableció la obligatoriedad de informar las altas y bajas de consorcios ante el Registro Público de Administradores.
👉 ¿Qué significa esto?
✔️ Los administradores deberán informar el alta de un consorcio dentro de los 30 días desde la asamblea que disponga su designación.
✔️ También deberán informar la baja dentro de los 30 días en caso de renuncia o remoción.
✔️ La presentación se realiza mediante declaración jurada, adjuntando el acta de asamblea correspondiente.
⏳ Además, se otorga un plazo excepcional de 90 días (prorrogable por 30 más) para regularizar consorcios que aún no hayan sido declarados, sin aplicación de sanciones.
⚠️ El incumplimiento puede derivar en sanciones según lo establecido en la Ley 941
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